jueves, 20 de abril de 2017

LOS CONTRATOS SEGÚN EL TERMINO DE DURACION

Estos pueden ser: 

Contrato De Trabajo A Término Fijo

"Se utiliza generalmente en la vinculación de personas altamente técnicas o calificadas, se debe avisar con (30) días de antelación la terminación, de lo contrario se prorroga de manera automática por un periodo igual al pactado.

Requisitos

  • Que conste por escrito.
  • El término de duración no puede ser superior a tres (3) años, pero puede ser prorrogable en forma indefinida.
  • Para su terminación se debe dar un aviso con una antelación no inferior a treinta (30) días.
Contrato A Término Fijo Inferior A Un Año

"Si es inferior a un año, únicamente podrá prorrogarse el contrato hasta por tres veces, por períodos iguales o inferiores al cabo de los cuales el término de renovación no podrá ser inferior a un año, y así sucesivamente".

Requisitos
  1. Que conste por escrito.
  2. Que el periodo de prueba sea equivalente a la quinta (1/5) parte del término inicialmente pactado.
  3. Tiene derecho a todas las prestaciones sociales y a las vacaciones en forma proporcionada.
  4. Para la terminación del mismo, se debe dar aviso por escrito con una anticipación no inferior a treinta días, con excepción del contrato de trabajo a término fijo de un mes o menos de un mes.
  5. La cuarta prorroga y las siguientes no pueden ser inferiores a un año.
Contrato De Trabajo A Término Indefinido

Es el más común de los contratos no requiere forma escrita, tiene vigencia mientras subsistan las causas que le dieron origen y la materia al trabajo, esto no quiere decir que para su finalizacion el empleador no pueda acogerse a las causales de terminación que tratan los artículos 7° del decreto 2351 de 1965 y 6° de la ley 50 de 1990.

Cuando un contrato tiene como requisito la forma escrito y este no se cumpla, el contrato tendrá la calidad de indefinido, así las partes o una de ellas alegue lo contrario.


Contrato De Obra

"Es muy común en la empresa de ingeniería y montajes. debe ser pactada por escrito y se estipule la naturaleza de la obra o labor contratada, se da por terminado cuando se acabe la labor o cuando se haya llegado a un 80% de la totalidad".

Para que este contrato no se trasforme en un contrato a término indefinido, se deben pagar los salarios y prestaciones adecuadas tan pronto termine el contrato. Si se hace necesario firmar un nuevo contrato de obra con el mismo trabajador, debe tener causa y objeto diferente.

Requisitos:

  1. Que conste por escrito
  2. Que se determine la labor por realizar
Contratista Independiente

Al realizar una obra o labor determinada, siempre que se den los siguientes requisitos:

  1.  Que sea por un precio determinado
  2. Que asuma todos los riesgos
  3.  Que realice la obra con medios propios
  4.  Que tenga libertad y autonomía técnica y directiva
  5. Que se contrate por un precio determinado
Contrato Ocasional O Transitorio

Radica en la realización de tareas diferentes a las actividades normales que se dedica una empresa, y su la duración no puede exceder 30 días.

Por ejemplo, una empresa dedicada a la producción de gaseosas contrata un trabajador para que pinte sus bodegas y oficinas. Este será un verdadero contrato ocasional o transitorio, por cuanto la actividad que se va a desarrollar el trabajador es totalmente ajena a las actividades normales del empleador.

Requisitos:
  1. Debe constar por escrito
  2. Debe relacionarse con actividades diferentes a las normales de la empresa que contrata y, 
  3. Su duración no puede superar de treinta (30) días. Si el trabajador no termina en este periodo, se le cancela el valor del contrato y se suscribe uno nuevo, sin exceder 30 días



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