viernes, 10 de marzo de 2017

PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL EN EL SISTEMA JURÍDICO COLOMBIANO

Iniciaremos a definir el contenido y alcance de cada uno de los principios del derecho laboral en el sistema jurídico colombiano

FAVORABILIDAD

Este principio hace alusión a la existencia de una norma con varias apreciaciones para solucionar un conflicto laboral, se tomará la que sea más favorable para el empleado, no es adecuado sacar de cada una lo más favorable y armar un texto nuevo; solo se puede escoger una norma y aplicarla en su integridad.

IN DUBIO PRO OPERARIO

Este principio se aplica para la interpretación de la normativa que rige una relación laboral concreta, es decir, una vez que se haya determinado qué norma se aplica a un contrato de trabajo, si de esa aplicación derivan dudas o controversias de interpretación, la norma se aplicar según aquella interpretación sea más favorable a la parte más débil de la relación contractual: el trabajador

Este principio jurídico implica que tanto el juez como el intérprete de una norma debe, ante una duda de interpretación, optar por aquella que sea más favorable al trabajador

Para la aplicación de este principio debe existir duda verdadera en cuanto al sentido o alcance de la norma legal.

PRIMACÍA DE LA REALIDAD

Este principio hace alusión que ante cualquier conflicto que rodea la prestación de los servicios por parte del trabajador y su empleador y se produzca una diferencia ante lo sucedido, se prefiere los datos que ofrece la realidad por encima de cualquiera que figure formalmente en acuerdos o documentos.
Ejemplo: un empleador y un trabajador pueden suscribir un contrato de servicios profesionales, donde el primero disminuye sus obligaciones bajo el amparo de ese contrato, pero al momento de comprobar que la realidad de la relación es la de un contrato individual común. Por tal razón se aplicarán las reglas de este.
ESTABILIDAD
Este principio busca garantizar la permanencia de los empleados vinculados, con el fin de tener un medio para el sustento vital, además asegurar el desarrollo del individuo en la sociedad. Los empleados no pueden ser despedidos sin justa causa. Si es con justa causa deben ser indemnizados.
Este principio aparece con 4 Fueros los cuales son:


  • FUERO SINDICAL: este fuero tiene como garantía de algunos trabajadores que pertenezcan al sindicato de no ser despedidos, ni desmejorados en sus condiciones de trabajo.



  • FUERO DE MATERNIDAD: Ninguna mujer puede ser despedida por motivo de embarazo o lactancia.

  • FUERO CIRCUNSTANCIAL: Los trabajadores que presenten un pliego de peticiones, no pueden ser despedidos sin justa causa comprobada, desde la fecha de la presentación del pliego hasta terminada la negociación.
  • FUERO POR DISCAPACIDAD: En ningún caso una persona con limitaciones puede ser obstáculo para una vinculación laboral, a menos que dicha limitación sea claramente demostrada como incompatible e insuperable en el cargo que se va a desempeñar. No obstante, quienes sean
    despedidos o su contrato terminado por discapacidad, tendrán derecho a 180 días del salario, sin afectar las demás prestaciones e indemnizaciones.


CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA

Es un principio el cual supone que al momento de un cambio normativo o de sucesión normativa ya sea en un contrato de trabajo, no se pueden desmejorar o menoscabar los derechos de los trabajadores consagrados en leyes anteriores.

Ejemplo: Un trabajador firmó su contrato hace tres años, se estableció en éste que la empresa le pagaría un plus de transporte.
Actualmente se está negociando un nuevo convenio aplicable a su sector, y por las noticias que le han llegado a través del delegado de personal, se suprime el derecho a este plus. Señala si conservaría el derecho a percibir esta cantidad y qué principio debe aplicarse.


Solución: El trabajador continuaría percibiendo el plus de transporte. Se aplicaría el principio de condición más beneficiosa, que establece que si una norma laboral establece condiciones peores que las contenidas en los contratos prevalecerán las condiciones más beneficiosas que se fijaron anteriormente

IRRENUNCIABILIDAD

Este principio menciona que un trabajador está impedido de privarse, voluntariamente, de las garantías que le establece la legislación laboral, aunque sea para su propio beneficio.
Así un trabajador no puede renunciar a su salario, o aceptar que sea menor al mínimo establecida por la ley.

Ejemplo: una empresa propone a un trabajador un aumento de sueldo a cambio de su renuncia a uno de los días de descanso semanal que le corresponden. El trabajador accede ¿Es correcta la actuación del trabajador?

Solución: No es correcta porque el principio de irrenuncibilidad de derechos señala que los trabajadores no pueden renuncia a derechos que tengan reconocidos en las normas legales y en los convenios colectivos.

DERECHOS ADQUIRIDOS 

El derecho adquirido menciona que todo aquello que ha entrado en el patrimonio de una persona natural, hace parte de él y que ya no se lo pueden quitar o vulnerar por quien lo creo o reconoció legítimamente

Ejemplo: Es el trabajador que en la ejecución de su contrato de trabajo es acreedor por convención colectiva de una prima extralegal cada tres meses, y que dicho beneficio sea modificado en su detrimento cuando lleve 4 meses de ejecución. En éste caso si no le fue pagado al trabajador a los tres meses de su causación el empresario debe cancelársela sin que pueda alegar la derogatoria de la disposición jurídica.

MÍNIMO VITAL 

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